Gracias a un preacuerdo, en el 2009 un policía que cometió un homicidio de un habitante de calle, en lugar de pagar 33 años de prisión recibió el beneficio de una condena de 5 años de cárcel, con una rebaja del 85 por ciento. Pasó de ser un coautor de un homicidio, a un simple encubridor.
En el 2017, gracias un preacuerdo, un hombre que persiguió a otro para dispararle en su vehículo, luego de que colisionaron, logró una rebaja de pena del 83 por ciento con lo que la condena quedó en 2 años.
Y en diciembre del 2017, también con un preacuerdo, un hombre que violó a una mujer logró que la pena quedara apenas en tres años porque se le concedió una circunstancia de menor punibilidad.
Los tres preacuerdos, además de haber permitido importantes rebajas, tienen otra cosa en común: fueron tumbados por las altas cortes y dieron paso a que se cuestionara esta figura de negociación tan usada por la Fiscalía General.
Y es que según cifras de la Corporación Excelencia en la Justicia, en el procedimiento ordinario, en las 45.0777 condenas que logró el ente acusador el año pasado, en el 65 por ciento (28.750) hubo un acuerdo o negociación. Y en el procedimiento abreviado, que es para delitos menos graves o querellables, de 11.891 condenas que se consiguieron, en el 25 por ciento (3.079) hubo acuerdo.
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Estas cifras muestran el importante peso de estas negociaciones, –que se crearon para descongestionar la justicia a la que el año pasado ingresaron 1.4 millones de procesos–, y que no han estado alejadas de polémicas.
Justo esta semana, con el caso del policía, la Corte Suprema de Justicia le recordó a la Fiscalía que los preacuerdos tienen límites y no pueden ser desproporcionados. Para esa corporación, los acuerdos no pueden cambiar la calificación de un delito solo con la finalidad de conceder “rebajas punitivas desbordadas”, sin que ese cambio corresponda a la realidad de los hechos.
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En otras palabras, no es válido dejarle a una persona la calidad de cómplice en un homicidio, cuando en realidad fue un coautor. Además, según dijo la Corte, los jueces no tienen un papel pasivo y sí pueden hacer un control de los preacuerdos y negarse a aceptarlos si no son legítimos.
EL TIEMPO les preguntó a varios juristas su opinión sobre este fallo, que generó polémica . Para Francisco Bernate, si bien es cierto que el sistema acusatorio se funda en la idea de que el menor número de casos llegue a los jueces, buscando que haya preacuerdos, principios de oportunidad y allanamientos, también es cierto que la Corte Constitucional sentó un precedente el año pasado señalando que lo jueces puedan verificar que esos acuerdos no sean “una forma de burlar los derechos de las víctimas o lleven a la impunidad”.
Aunque entiende que algunos penalistas critiquen lo recientemente dicho por la Corte Suprema, porque consideran que va en contra del espíritu del sistema acusatorio, él cree que el fallo se resolvió de forma correcta y que “para hacer preacuerdos se debe tener un mínimo de elementos de prueba en lo que se va a acordar, y no perder el norte de lo que es la justicia real”.
Para hacer preacuerdos se debe tener un mínimo de elementos de prueba en lo que se va a acordar, y no perder el norte de lo que es la justicia real
Y el abogado Andrés Felipe Peláez dice que la polémica viene porque lo que hay en Colombia no es un sistema acusatorio puro (como el de EE. UU., cuyas negociaciones son más ilimitadas), sino “de tendencia acusatoria”, lo que significa que a la hora de acordar no solo se deben tener en cuenta los intereses de la Fiscalía y la defensa, sino también de las otras partes, como las víctimas y la sociedad.
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Dice que más que con los acuerdos, una forma de evitar el desgaste de la justicia en Colombia es cambiando el populismo punitivo, por el que cada año se crean más delitos o se aumentan penas. También considera que la Corte Suprema no hizo un llamado a no negociar, sino “a ser conscientes de que existen unos mínimos que deben seguirse”.
Y para la penalista Helena Hernández, la Corte Suprema “por fin precisa el cumplimiento de nuestra normativa”, reitera la jurisprudencia de la Corte Constitucional y recuerda que la Fiscalía no tiene absoluta discrecionalidad a la hora de negociar, pues las rebajas no pueden ser desproporcionadas, ni arbitrarias. Como ese margen de negociación no es absoluto, Hernández asegura que por eso las cortes han dicho que los jueces pueden intervenir en esos preacuerdos.
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También dice que los hechos relevantes de un caso no pueden desaparecer en la justicia consensuada, porque la víctima tiene derecho a la verdad. “Los preacuerdos no pueden ser un desprestigio para la administración de justicia. Por el contrario, deben dinamizarla, pero sin desconocer los pilares de un estado constitucional”, asegura.
Los preacuerdos no pueden ser un desprestigio para la administración de justicia. Por el contrario, deben dinamizarla, pero sin desconocer los pilares de un estado constitucional
Y Miguel Lamadri Luengas, codirector de la Escuela de Investigación en Criminologías Críticas, Justicia Penal y Política Criminal de la Universidad Nacional, cuya tesis doctoral fue sobre este tema, asegura que la decisión de la Corte, lejos de afectar los preacuerdos, “busca dar claridad sobre unas facultades que vienen siendo mal entendidas”.
Lamadri asegura que lo que hizo la Corte fue recordarle a la Fiscalía cuáles son sus facultades en materia de preacuerdos, porque estas negociaciones vienen generando “cada vez más una sensación de desosiego” y algunas actuaciones del ente acusador en ese sentido están “enviando un mensaje equivocado”.
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Asegura que el interés de mostrar unos resultados por parte de la Fiscalía, no puede llevar a que se olvide que su principal función es investigar delitos y acusar a los presuntos infractores.
Es así como, asegura Lamadri, si bien la Fiscalía puede buscar terminar de forma anticipada un proceso con un preacuerdo, esto debe ajustarse a los hechos que el mismo fiscal encontró en su investigación, sin pisotear la verdad, los derechos de las víctimas y la confianza en la sociedad.
Pero no todos los juristas están de acuerdo con los fallos de las Cortes que han recordado los límites de los preacuerdos. El abogado Iván Cancino, por ejemplo, cree que los sistemas acusatorios tienen una característica clave y es que son una justicia premial, “que busca que los niveles de impunidad bajen, que la menor cantidad de procesos vayan a juicio para que haya economía procesal, y se respeten los derechos de las víctimas”.
Como el sistema acusatorio busca maximizar los principios de oportunidad y preacuerdos, asegura, la Fiscalía necesita unos márgenes de negociaciones que son los que cree que han venido borrando las cortes.
“Cada vez que sale un fallo que restringe más el principio de oportunidad o negociaciones, es un paso más lejo del sistema acusatorio”, asegura, agregando que “si queremos hablar del sistema acusatorio, tenemos que entender que este permite laxitud dentro de ciertos límites”.
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Cancino dice que hoy la mayoría de procesos duran unos cuatro años y como la Fiscalía no tiene la fuerza investigativa suficiente pierde seis de cada 10 casos, lo que muestra la necesidad de los acuerdos.
En ese contexto, afirma, si hay una negociación, aunque al cambiarse la calificación de los delitos pueda haber “una ficción jurídica” (como lo sería cambiar en un preacuerdo un peculado doloso a uno culposo), al final lo que importa es que habrá una condena, se debe devolver lo apropiado y se “ahorra tiempo y recursos de investigación, y el Estado, que fue la víctima, recupera lo que se perdió”.
El exfiscal y abogado Camilo Burbano coincide con Cancino en que en el país no se ha entendido la dinámica de los preacuerdos, que se basan en una “legalidad flexible”, y que parten del principio de que no puede existir una coherencia exacta entre el hecho cometido y la calificación jurídica del delito.
Aunque considera que en Colombia no están muy claros los límites de los preacuerdos, porque no hay legislación al respecto y la jurisprudencia ha sido variable, piensa que lo más importante es que “no son impunidad” porque aunque contemplan rebajas sustanciales de pena, buscan que el sistema judicial no colapse.
JUSTICIA
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